El caso Funeraria
Corría por Madrid el año 92 cuando el alcalde de entonces Álvarez del Manzano decidió que era el momento de hacer negocio a costa de los bienes públicos así que vendió el 49% de las acciones de la Empresa Mixta de servicios Funerarios a la empresa Funespaña por 0,60 céntimos. Si, 100 pesetas de las de entonces. Para hacerlo hubo que maquillar primero las cuentas de la empresa para demostrar que se perdía dinero con su gestión. Al año siguiente los beneficios de la misma empresa fueron brutales. 16 años y pico después solo el primer teniente de Alcalde de Manzano ha sido condenado a 2 años y un día de inhabilitación (como si se dedicara ya a la política) por prevaricación. El resto se han marchado de rositas porque aunque la sentencia reconoce la prevaricación los delitos han prescrito. Y han prescrito, entre otras cosas, porque los propios jueces han retrasado en más de una ocasión los veredictos por encontrarse en medio de periodos electorales. En definitiva que aquí el que gobierna puede hacer lo que de la gana con la cosa pública que al final es cuestión de abogados, jueces, tiempo y dinero. Los demás podemos seguir pagando las multas. Espero que el Supremo no haga lo mismo y por una vez alguien ponga algo de orden y siente jurisprudencia en el lado correcto en este caso porque el precedente como quede así le va a dar a más de uno alguna idea que otra.
En cuanto a la prescripción de los delitos no estaría mal que alguien sacara una ley que permitiera parar el reloj en el momento que los delitos entran en proceso judicial.
En cuanto a la prescripción de los delitos no estaría mal que alguien sacara una ley que permitiera parar el reloj en el momento que los delitos entran en proceso judicial.




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